sábado, 25 de diciembre de 2010

MENSAJE NAVIDEÑO

…no se te olvide que hoy es el cumpleaños del hombre que ha inspirado a millones de seres humanos a ser mejores padres, madres, esposos, esposas, hijos e hijas…

no se te olvide que ni Santa Claus, ni los Reyes Magos, ni siquiera la Sagrada Familia son más importantes que aquel a quien está dedicada la Navidad…

no se te olvide que por más frío que haga, nada reemplazará al calor de hogar…

no se te olvide que el hogar no es donde vives, sino donde está tu corazón…

no se te olvide que dar regalos es solo una bonita costumbre de familia: regalar no te llevará al cielo…

no se te olvide al beber ponche o comer pavo que hay millones como tú que apenas tendrán un plato de frijoles y una taza de agua caliente como cena…

no se te olvide que aunque suene muy trillado, el dar es más importante que el recibir…

no se te olvide que debes abrazar a tus padres, besar a tu esposa, y amar hasta la saciedad a tus hijos…

no se te olvide que debes amar a tu prójimo no igual, sino mejor de lo que te amas a ti mismo…

no se te olvide que aunque reces, te persignes y vayas de rodillas a la iglesia, el suspiro que tu dureza y egoísmo le arranque a un indigente que te pida un poco de ayuda, será una maldición que caerá sobre tu cabeza…

no se te olvide que no todos creen en Jesús, pero merecen el mismo amor y respeto de ti porque son también tus hermanos…

no se te olvide que por más que gastes dinero en la cena, el viaje y los regalos, no te querrán más que si llegas con entusiasmo y felicidad al lado de los tuyos, aunque lo hagas con las manos vacías…

no se te olvide abrazar a un amigo…

no se te olvide felicitar a un conocido…

no se te olvide saludar a un extraño…

no se te olvide acariciar a un perro o a un gato…

no se te olvide oler una flor ni regar a un árbol…

no se te olvide recordar a quienes llegaron con Dios antes que tú…

no se te olvide reír como si fuera tu última vez, ni bailar como si nadie te estuviera viendo…

no se te olvide amar a la humanidad entera, porque no sabes si mañana Dios te llamará a engalanar su jardín…

no se te olvide que viniste a este mundo para amar y ser amado… lo primero es una obligación, lo segundo depende de ti…

Y lo más importante: cuando estés frente al Niño Jesús, no olvides mirarlo a los ojos… porque en ellos verás tu propia belleza reflejada…

Te deseo que no olvides todo esto, porque yo no te olvidaré… Feliz Navidad…

Héctor EOC


domingo, 19 de diciembre de 2010

LA MÚSICA NAVIDEÑA

En éstas fechas navideñas, abundan profusamente las referencias religiosas, simbólicas y tradicionales. Desde fines de noviembre y prácticamente hasta el 2 de febrero, el llamado “Día de la Candelaria”, todo hogar mexicano, de manera sencilla u ostentosa, encuéntrase adornado con motivos navideños de todo tipo: desde el pequeño y tradicional Nacimiento (o Pesebre), hasta las luces multicolores cintilando en las ventanas o el muñeco de nieve inflado. Una de las más memorables y socorridas tradiciones que venimos como mexicanos, heredando de los españoles, es la del Villancico Navideño.

Un villancico es una composición musical tradicional de varios países como España, Portugal y por extensión, casi toda Latinoamérica. El villancico en realidad es una pieza musical de origen popular cuyos temas originales eran profanos, mas con el tiempo se fueron creando también algunos con temática navideña. Hoy día, identificamos al Villancico como algo propio de la Navidad, cuando en realidad el Villancico Navideño es sólo un subgénero. El villancico fue muy popular a partir de los siglos XV y hasta el XVIII. Algunos de los más conocidos nacen en siglos posteriores (XIX y XX), pero son menos que los originales.

Habría que aclarar que no toda canción navideña es un villancico. Por ejemplo, Adeste Fideles, Jingle Bells o Blanca Navidad no son villancicos. Tampoco el canto tradicional de la posada o el que se canta pidiendo la “rama” es un villancico.

Los primeros villancicos que se conocen fueron compuestos por los evangelizadores en el siglo V con la finalidad de llevar la Buena Nueva a los aldeanos y campesinos que no sabían leer ni escribir y que necesitaban que alguien les indujera a la fe cristiana. Sus letras hablaban en lenguaje popular sobre el misterio de la encarnación y estaban inspirados en la liturgia de la Navidad. Se llamaban "villanus" al aldeano o habitante de las “villas” y con el tiempo el nombre cambió a "villancicos". Éstos hablan en un tono sensible e ingenioso de los sentimientos de la Virgen María y de los pastores ante el Nacimiento de Cristo. En el siglo XIII se extienden por todo el mundo junto con los nacimientos de San Francisco de Asís, antecedente directo de los modernos Nacimientos o Pesebres que decoran nuestros hogares.

Durante estas fechas se cantan infinidad de piezas musicales, no todas estas pueden ser consideradas como villancicos. Se cree que “Jesus refulsit ómnium” (Jesus, luz de todas las naciones), pueda considerarse como el primer villancico navideño, aunque se trata de una de las primeras canciones –de que se tiene noticia- que versa acerca del Nacimiento de Jesús, por lo que podríamos situarla como “Navideña”. Asimismo, se le concede ser el primer villancico, fue escrito completamente en latín por Sant'Ilario de Poitiers en el año 368 d.C.

Jesus refulsit omnium
Pius redemptor gentium
Totum genus fidelium
Laudes genus dramatum

Quem stella natum fulgida
Monstrat micans per authera
Magosque duxit praevia
Ipsius ad cunabula

Illi cadentes parvulum
Pannis adorant obsitum
Verum fatentur ut Deum
Munus freundo mysticum.

Asimismo, la pieza gregoriana “Puer Natus Est Nobis”, por su alusión a la Natividad de Cristo, está considerada como uno de los primeros villancicos de la Historia y hoy en día se utiliza como introito de la tercera misa en la fiesta de Navidad. La traducción de los primeros versos latinos de este canto es: "Un niño nos ha nacido, un hijo nos ha sido dado".

Puer natus est nobis, et filius datus
est nobis, cujus imperium super
humerum ejus et vocabitur nomen
ejus, magni consilii Angelus.

Cantate Domino canticum novum
quia mirabilia fecit. Gloria.

Adeste Fideles (Venid, Fieles), es quizás el Himno Litúrgico más cantado por multitud de grupos corales en éstas épocas. Se le conoce desde fines del siglo XVIII y, como se cantaba en la misión portuguesa en Londres en 1797, por lo mismo muchos lo conocen como «El himno portugués». Se le atribuye a John Reading, organista en la Catedral de Winchester de 1775 a 1781, y posteriormente en la Universidad de Winchester. Asimismo, ha sido atribuido a San Buenaventura, aunque no se encuentra entre sus obras. Otros aducen que su autor puede ser el rey Juan IV de Portugal, «El Rey Músico», mecenas y protector de la música y autor de varios himnos.
Adeste, fideles, laeti, triumphantes,
Venite, venite in Bethlehem:
Natum videte Regem Angelorum.

Uno de los ejemplos más representativos de música asociada a éstas fechas, más que un villancico se trata de un oratorio de profundo arraigo en las cantatas alemanas: me refiero a “Der Messias”, o “El Mesías” de Georg Friedrich Häendel, mismo que tuvo una gran aceptación desde su estreno en el New Music Hall de Dublin, Irlanda, en 1742. El Mesías es una magnífica y sublime pieza que, aunque sencilla en su estructura, destaca en su monumentalidad en cuanto a su duración. Dividida en tres partes, la primera, que tiene por temas el Adviento y la Natividad de Jesús y la segunda, en cuanto a la Pasión, Muerte, Resurrección y Ascenso de Cristo y que finaliza con el celebérrimo “Hallelujah” (Aleluya), pieza maestra de la música coral. La tercera parte narra el triunfo de Jesucristo sobre la muerte, con el “Amen” como final. No obstante, tratándose de una obra coral para ser interpretada por una orquesta, es difícil escuchar a la gente cantarla por las calles en éstas épocas. Para ello existen los villancicos.

A México llegan los primeros villancicos de mano de los españoles avecindados en nuestra patria cuando aún era la Nueva España, en el siglo XVIII. Varios villancicos son atribuidos al clavecinista español y sacerdote, Antonio Soler (1729-1783), pero la mayoría son de profundo arraigo popular. Por ejemplo, “El Chiquirritín” y “Campana sobre Campana”, muy populares en nuestros días y ambos originarios de la provincia de Andalucía o Al-Andalus. Otro ejemplo es “En el portal de Belén” que se trata de un canto típico de la región de Castilla. Otros cantos provenientes de España son “La Virgen y San José”, originario de Extremadura, “Mi burrito sabanero” (llamado así porque recorre la sabana), “Pastores venid” y por supuesto, “Los peces en el río”.

Otra canción navideña muy popular es “Ande, ande, ande”, que en realidad se llama “La Marimorena”. Todos pensamos que la famosa “Marimorena” se refiere a la Virgen María. En realidad, éste vocablo existe en el castellano desde 1579 y alude a una tabernera madrileña a quien se le conocía como la “Mari Morena”. Documentado en los Archivos de la Casa y Corte de la Villa de Madrid dentro de las causas judiciales que ocurrieron en el año 1579, en donde una de ellas era contra Alonso de Zayas y Mari Morena, su mujer, tabernera de corte, por tener en su casa cueros de vinos y no querer venderlos. Es por esto que el nombre y el apellido de esta mujer encausada, su clase y la calidad de su culpa, han dado origen desde el año 1579 a la expresión, hoy muy usual de Marimorena por pendencia, riña o camorra y se encuentra en el Diccionario de la R.A.E.

Sin embargo, no todos los cantos navideños populares nos provienen de España. Por ejemplo, el villancico más famoso y cantado en todo el mundo es “Stille Nacht”:

Stille Nacht! Heilige Nacht!
Alles Schläft, einsam wacht
nur das traute, hochheilige Paar.
Holder Knabe im lockigen Haar,
schlaf in himmlischer Ruh'! (2x)

…que es más conocido entre nosotros por su versión en español: “Noche de Paz”. Composición que se interpretó por primera vez en la iglesia de San Nicolás de Obendorf, Austria, la Noche Buena de 1818, con letra del sacerdote Joseph Morh y música del maestro Franz Xaver Guber y que fue interpretada solo con una guitarra y la voz de Morh.

Una de las canciones más conocidas en el mundo proviene de Estados Unidos, y es “Jingle Bells”, que ha sido traducida a todos los idiomas y ha merecido diversas versiones: por ejemplo, en México la llamamos “Navidad, Navidad, pronto llegará…”. Fue escrita entre 1850 y 1857 por James Pierpont (1822-1893) bajo el título de “One Horse open sleigh”, y publicada en Boston el 16 de septiembre de 1857 por Oliver Ditson & Co., relanzada en 1859 bajo el título “Jingle Bells, or the One Horse Open Sleigh”. El estribillo conocido es:

Jingle bells, jingle bells
Jingle all the way,
Oh what fun it is to ride
In a one-horse open sleigh, O
Jingle bells, jingle bells
Jingle all the way,
Oh what fun it is to ride
In a one-horse open sleigh.

…y aunque suele identificarse como una canción navideña, en realidad no es así, aunque sí puede emparejarse con la época decembrina. La canción no menciona nunca la palabra Navidad, pero sí alude a una carrera de caballos:

Suenan las campanas, Suenan las campanas,
Suenan todo el camino;
¡Oh! qué divertido es conducir
Un trineo abierto de un solo caballo.
Suenan las campanas, Suenan las campanas,
Suenan todo el camino;
¡Oh! qué divertido es conducir
Un trineo abierto de un solo caballo.

De igual manera, se encuentra en la lista de canciones navideñas “El Niño del Tambor” o “El tamborilero”. Éste es un villancico popular de origen checo y que en 1941 fue traducida al inglés por Katherine Davis, de la Universidad de Wellesley, Massachussetts. Se publicó una versión en inglés bajo el seudónimo de C.R.W. Robertson. Aun así la música y letra final en inglés son atribuidas a Katherine Davis y también a Henry Onorati y Harry Simeone.

El camino que lleva a Belén
baja hasta el valle que la nieve cubrió,
los pastorcillos quieren ver a su Rey
le traen regalos en su humilde zurrón
ro-po-po-pon, ro-po-po-pon.
Ha nacido en un portal de Belén,
el niño Dios, ro -po-po-pon

De Estados Unidos llega una de las canciones más hermosas sobre la Navidad, desde 1942. Paradójicamente, su autor es un judío y no un cristiano: el genial compositor estadounidense de origen ruso, Irving Berlin (1888-1989), quien compone “White Christmas” para la película Holiday Inn, de 1942, una de las canciones más grabadas de la historia y hasta 1997, la más vendida. “White Christmas”, que recibe el título en español de “Blanca Navidad” fue cantada por Bing Crosby y regrabada en múltiples ocasiones por infinidad de artistas, existiendo más de 500 versiones en 25 diferentes idiomas. A través de ésta bellísima canción (por cierto, ganadora del Óscar ® como la Mejor Canción Original de 1942), Irving Berlin recordaba las penurias y privaciones que sufrió durante su infancia: “Yo sueño con una Blanca Navidad, tal como aquellas que solía conocer”…

Oh, blanca Navidad, sueño
y con la nieve alrededor
blanca es mi quimera
y es mensajera de paz
y de puro amor

Oh, blanca Navidad, nieve
una esperanza y un cantar
recordar tu infancia podrás
al llegar la blanca navidad

Existen muchísimas más canciones navideñas que merecen ser recordadas y cantadas en ésta época por Hermanos Masones y Profanos, pues finalmente lo que importa es el Espíritu de Amor, de Paz, de Fraternidad, de Unidad familiar y de Amistad ilimitada… podríamos seguir citando canciones, pero el espacio es pequeño y el tiempo es breve. ¡Feliz Navidad a todos mis Hermanos y a sus Familias! Gloria a Dios en las alturas y Paz en la Tierra a los Hombres de Buena Voluntad.

Mis mejores deseos

domingo, 12 de diciembre de 2010

EL ENIGMA DE SAN NICOLÁS... O SANTA CLAUS

Todos nos preguntamos, en diciembre de cada año, si ésta vez vendrá Santa Claus a traerles obsequios a los niños, quienes son el grupo el que con mayor ilusión espera su visita, aunque poco se sabe quién fue en realidad: Todo un enigma este señor, que trataremos de develar.

Nació en el siglo IV d.C. en lo que hoy es Turquía, y que en aquellos turbulentos años era territorio romano, aunque de mayoría poblacional griega. Cuando vivía en éste plano terrenal era conocido como Nicolás –nombre por lo demás, griego—aunque en lo ulterior ya elevado a la categoría de santo, se le llamaría Nicolás de Bari entre los católicos y como Nicolás de Myra entre los ortodoxos, pero la caprichosa historia ha querido que sea conocido como Santa Claus.

Era inmensamente rico, pero donó todo su dinero a la caridad, lo que habla bien de él, pese a lo que se piense. Siendo sacerdote, se le ocurrió la peregrina idea de ir a Myra, ciudad de Anatolia (península que conforma Turquía) y al entrar a una iglesia, lo nombraron obispo ni bien había muerto el titular que agonizaba: así se hacían las cosas antaño. Su fama como persona caritativa, misericordiosa y bondadosa (es decir, como lo que un verdadero cristiano hace), pronto se extendió y comenzaron a entretejerse leyendas a su alrededor. Sabedor de que había 3 muchachas que no tenían dinero para casarse, por la noche se subió en secreto (ni tanto, pues alguien debió verlo para que llegara a nosotros ésta historia) al techo de su casa (de ellas, por supuesto) y por la chimenea arrojó monedas para su dote, que curiosamente cayeron dentro de unas medias que estaban colgadas allí. De ahí viene la tradición de colgar medias en el borde de la chimenea, a la espera de que “Papá Noel” –como también se le conoce—se apiade de nosotros y nos dé un poco de su pecunio, si bien el muy tacaño pone dulces y caramelos…

En otra ocasión, fue encarcelado y su barba quemada, aunque después le volvió a salir, por lo que podemos apreciar en sus imágenes que nos han llegado a nuestros días. La razón por la que fue encarcelado era simple: era cristiano en un mundo que no toleraba a estos –por algo ha de haber sido, que esas cosas no se ganan de manera gratuita--, y en aquellos tiempos el solo hecho de ser cristiano y de propagar dicha fe era motivo más que suficiente para perseguir, capturar, encarcelar y hasta ejecutar a una persona, casi de la misma forma que hoy en día se persiguen a los hackers de wikileaks. Quien lo liberó fue el emperador Constantino, a quien conoció en persona, cosa nada rara pues en aquellos días el mundo era más pequeño, los gobernantes más accesibles y la densidad poblacional, mucho menor que ahora. Por cierto que Nicolás participaría en el Concilio de Nicea, que aprovechó para condenar la herejía arriana…

Siendo ya anciano, viajaba mucho llevando juguetes a los niños en la época de Navidad (que por entonces se festejaba en marzo o abril), pues decía que el mejor de los regalos navideños era recibir a Cristo. 1,600 años después seguimos sin entenderlo. Ni a san Nicolás, ni al mismísimo Jesús. Pero en fin…

Murió en 345 en Myra, Turquía, pero está enterrado en Bari, Italia (ya que los cruzados, en 1087, temerosos de que los “infieles” destruyeran sus reliquias, mejor lo desenterraron y lo embarcaron rumbo a Italia), aunque se dice que vive en el Polo Norte y tiene un taller de juguetes, ayudado por duendes, esbirros paganos en los que no creía y que seguramente, de saber que se le asocia con ellos, huiría horrorizado de tal satánica blasfemia. Se supone que está casado con una tal Señora Claus, aunque fue soltero toda su vida. En los años treinta del siglo XX una muy conocida empresa refresquera lo vistió de rojo, para que le hiciera publicidad al susodicho refresco, si bien la empresa se defiende aduciendo que ya existían imágenes de San Nicolás de Bari (a) Santa Claus vistiendo de rojo tiempo antes que a ellos se les ocurriera. Tiene 9 renos llamados Doner, Blitzer, Comet, Cupid, Prancer, Vixen, Dasher, Dancer y Rudolph, este último con una nariz roja que alumbra el camino de Nicolás de Bari (o de Myra, o Santa Claus, Papa Noel, o como gustéis, que su nomenclatura es vasta) cuando va cada Noche Buena volando en trineo llevando juguetes a los niños que bien se portan. Por cierto que los renos son animales del norte europeo, lugares a donde Nicolás jamás visitó, por lo que es improbable que haya tenido o tenga 9 renos, que además no se dejan domesticar y mucho menos tienen focos rojos de nariz. Además, todos tienen nombres derivados de la antigua lengua germana, considerada bárbara y de tribus poco amistosas y totalmente incivilizadas en la época que le tocó vivir.

Otrosí, es difícil que Nicolás haya conocido algún trineo en su vida, mucho menos que sepa utilizarlo y menos aún que sepa como volarlo. La sola idea de encontrarse frente a frente con un reno con nariz de foco de tugurio ya es de por sí, terrible para el pensamiento pre-medieval de Nicolás.

Por alguna extraña razón, su iconografía antigua y medieval lo muestra como un anciano de barba gris aunque delgado en su complexión. Nicolás ha de extrañarse de porqué lo ponen gordo, siendo que en su época la gordura era considerada no sólo exclusiva de gente adinerada y poderosa, sino un sinónimo del pecado de la gula. Se infiere que el gordo come mucho porque tiene harto dinero para hacerlo. Nicolás no tenía ni un ochavo en que caerse muerto –como finalmente ocurrió—y tampoco le haría gracia verse como la imagen de la diabetes y la opulencia.

A Nicolás también ha de extrañarle que se ubique su lugar de residencia en el Polo Norte, lugar tan inaccesible entonces como ahora, toda vez que él provenía de tierras mediterráneas. Es lo mismo que poner a Fidel Castro a gobernar Rusia. Seguramente en alguno de sus múltiples viajes al interior de Anatolia o por montañas del Mediterráneo, debió haber conocido paisajes nevados, pero de eso a vivir sempiternamente en uno de ellos y además, el más frío del hemisferio norte, es de pensarse. Nicolás ha de haber hecho algo terrible en su vida para sufrir tal tortura. Aunque se supone que no siente frío…

Nicolás, hemos dicho, viaja en trineo una vez al año y lleva un gran saco repleto de juguetes y regalos que le deben alcanzar para todos los niños del mundo que creen en él. Lo cual, hablando en términos demográficos quiere decir que debe llevar regalos a poco menos de 2 mil millones de niños, pues la publicidad ha logrado que Santa Claus penetre en lugares tan extravagantes como Indonesia, Japón o Burundi. A los niños que se portan mal, les deja un pedazo de carbón, el muy mezquino. Si damos crédito a tan inverosímil circunstancia, resulta que el susodicho trineo cargado de juguetes debe tener por lo menos el tamaño de diez edificios como el Empire State, lo que explica que los renos descansen los 364 días, pues ha de ser una labor titánica. Claus también debe recorrer, en aproximadamente 24 horas –si es que empieza en la Línea Internacional del Cambio de Horario y termina al día siguiente—distancias inhumanas, como viajar tres veces alrededor del sol o más… este problema se ha solucionado aduciendo que San Nicolás es omnipresente y que no requiere ir de casa en casa dejando juguetes, lo que también lo mete en un brete teológico, porque omnipresente solo Dios. Y Santa Claus no es Dios, ni siquiera un dios.

Queda el problema de la tradicional chimenea. Para empezar, Nicolás debe hacer malabares para poder entrar por una de ellas, puesto que su excesiva obesidad se lo ha de impedir. Lograr ingresar a una casa por medio de la chimenea debe conllevar empujones, jadeos, mareos, esfuerzos diversos que llevarían mucho tiempo… y ya sabemos que Santa Claus tiene que llevar 2 mil millones de obsequios en 24 horas, así que perder de 15 a 20 minutos por chimenea, decepcionaría a una buena parte de los niños del mundo. Podría arrojarlos por la chimenea, a riesgo de que cayeran en el fogón encendido y quedaran carbonizados y ¡adiós regalos! Al día siguiente más de un niño estará llorando las de Magdalena al ver su ansiado presente hecho ceniza. Pero hay otro problema aún más grave: no todas las casas del mundo tienen chimenea… ¿qué hacer en este caso sin violar la tradición? Si Santa Claus (o San Nicolás) no entra por la chimenea, ¿por dónde lo hace? ¿por alguna ventana? ¿por la puerta? ¿algún tragaluz? Vale la pena meditar sobre esto. Algunos expertos en la materia sugieren que San Nicolás entra a este tipo de casas por un impasse mágico: es capaz de desmaterializarse afuera y materializarse nuevamente adentro… entonces, si esto es cierto, ¿para qué diablos necesita un trineo, nueve renos y un colosal saco de juguetes? Si es un ente mágico y sobrenatural, tampoco necesita un taller de juguetes ni duendes, elfos, gnomos o trasgos que lo ayuden, pues solito se basta… total, alcanzará con cerrar los ojos a voluntad e inmediatamente estará en el interior de una casa cualquiera, apareciendo el juguete que la lista le indique… ¡ah! Porque también anda cargando una lista de juguetes que requieren los niños…

Esta lista, nos han hecho creer que se trata de un pergamino escrito a mano donde Santa Claus lee qué juguete quiere tal o cual niño. A veces se trata de un listado de hasta 10 o 20 juguetes por niño… pero dejémoslo en un regalo por infante. Esto implica que si la lista está escrita en hoja tamaño carta en letra Times New Roman de 12 puntos, cada página abarcará 50 niños con su respectivo deseo. O sea, 100 niños por hoja, lo cual nos deja con la extraordinaria cifra de 20 millones de hojas en total, considerando a los 2,000 millones de niños de la población mundial. Entonces, no se trata de una simple lista escrita en un pergamino, sino unas 4,000 ediciones de la actual Enciclopedia Británica. Es decir, toda una biblioteca.


Quedan más dudas acerca de San Nicolás de Bari // San Nicolás de Myra // Papá Noel // Kris Kringle // Santa Claus… o como quiera Vd, llamarlo. Se las dejo a los expertos en la materia que me nos expliquen acerca de tan insigne personaje…

jueves, 9 de diciembre de 2010

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


El 10 de Diciembre se celebra el Día Internacional de los Derechos Humanos. Con la finalidad de que no se nos olviden, o de plano los conozcamos, aquí van los aprobados por la Organización de las Naciones Unidas en 1948:

PREÁMBULO
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

viernes, 3 de diciembre de 2010

Murga Queso Magro 2009 - Parte 4/6 (Actuacion Completa ) - Cuplé los Ma...



La Murga es un género coral, teatral y musical, que se practica en varios países, en especial España, Panamá, Argentina y Uruguay. En éste último país, suele ser interpretada por un coro que se acompaña con instrumentos de percusión. El término Murga también se aplica al conjunto coral que interpreta éste género musical popular.

Espero que disfruten de este cuplé titulado "Los Masones", e interpretado por la murga uruguaya "Queso Magro".